Tribunal laboral de Necochea condena a supermercado a pagar $112,3 millones por trabajo en negro
Necochea vivió una importante decisión judicial que reafirma la protección de los derechos laborales en la ciudad. El Tribunal del Trabajo N°1 dictó sentencia contra los dueños de un supermercado local, obligándolos a abonar $112.336.500 al trabajador que mantuvo una relación de empleo sin registro durante casi seis años. El hecho se remonta a junio […]
Necochea vivió una importante decisión judicial que reafirma la protección de los derechos laborales en la ciudad. El Tribunal del Trabajo N°1 dictó sentencia contra los dueños de un supermercado local, obligándolos a abonar $112.336.500 al trabajador que mantuvo una relación de empleo sin registro durante casi seis años.
El hecho se remonta a junio de 2015, cuando el empleado comenzó a desempeñarse en funciones de atención al público, reposición y descarga de mercadería. A lo largo de ese período, que se extendió hasta abril de 2021, la relación laboral nunca fue formalizada ni registrada ante los organismos competentes, generando una situación de vulnerabilidad y falta de cobertura previsional.
Ante la ausencia de respuesta por parte de los empleadores y la negativa a regularizar la situación, el trabajador solicitó a la justicia el reconocimiento de la relación laboral, el pago de salarios adeudados y la regularización de los aportes previsionales. La falta de respuesta culminó con la consideración de despido el 8 de abril de 2021, lo que impulsó la presentación de la demanda ante el tribunal.
El tribunal, tras valorar testimonios de testigos que confirmaron la presencia diaria del trabajador en el establecimiento y la inexistencia de documentos laborales aportados por la parte demandada, acreditó la existencia de una relación laboral de 5 años y 10 meses. Además, se constató que el empleado percibía una remuneración diaria de $1.500, lo que, extrapolado a una jornada mensual, equivalía a $53.777,39 según las escalas salariales vigentes.
El fallo reconoció la totalidad de las diferencias salariales, haberes adeudados, aguinaldos, vacaciones, indemnización por despido, preaviso y sanciones vinculadas al empleo no registrado. El monto inicial de la condena ascendía a $3.321.382,48, pero al aplicar la actualización por inflación y el índice del 3 % anual, la cifra se elevó a $112.336.500 al 26 de agosto de 2026. La sentencia establece que el pago deberá efectuarse dentro de los diez días siguientes a la notificación, bajo apercibimiento de seguir aplicándose la actualización hasta la cancelación total.
Un aspecto relevante de la decisión es la declaración de inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.802, que regulaba la actualización de créditos laborales en procesos ya iniciados. El tribunal consideró que dicha disposición vulneraba principios de igualdad ante la ley, derecho de propiedad y acceso a la justicia, por lo que aplicó el mecanismo previsto en el artículo 54 (IPC más 3 % anual).
Esta sentencia envía un mensaje claro a los empleadores de la zona: la informalidad laboral no será tolerada y la justicia está dispuesta a aplicar mecanismos de actualización que garanticen la reparación integral del trabajador. Asimismo, refuerza la necesidad de que los comercios y empresas cumplan con la normativa laboral vigente, evitando prácticas que perjudiquen a los empleados.
En conclusión, la resolución del Tribunal del Trabajo N°1 de Necochea no solo garantiza la indemnización al trabajador afectado, sino que también sienta un precedente importante para la defensa de los derechos laborales en la región, recordando a todos los agentes económicos la obligación de respetar la legislación laboral y los principios constitucionales.
