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Organizaciones civiles denuncian retroceso en la designación de jueces

En un documento de alerta, destacadas organizaciones de la sociedad civil denunciaron que la reforma en las designaciones judiciales redunda en la participación ciudadana y la diversidad de género. A través del Decreto 467/2026, el Poder Ejecutivo eliminó la instancia de observaciones públicas previas al envío de pliegos al Senado y quitó los criterios de […]

19 de junio de 2026, 18:33 hs Por praxionconsultores582@gmail.com
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En un documento de alerta, destacadas organizaciones de la sociedad civil denunciaron que la reforma en las designaciones judiciales redunda en la participación ciudadana y la diversidad de género. A través del Decreto 467/2026, el Poder Ejecutivo eliminó la instancia de observaciones públicas previas al envío de pliegos al Senado y quitó los criterios de paridad para la Corte Suprema.

Según denunciaron, el nuevo Decreto 467/2026 dictado el pasado 16 de junio representa un «retroceso para la participación de la ciudadanía» y «debilita la calidad democrática». La reforma suprime la ventana temporal en la que cualquier ciudadano u organización podía presentar apoyos u objeciones a los candidatos propuestos por el Presidente antes de que sus pliegos fueran remitidos al Senado.

Los argumentos oficiales bajo la lupa Para justificar la medida, el Poder Ejecutivo esgrimió dos razones centrales: la necesidad de agilizar los nombramientos y el hecho de que la participación ciudadana ya está garantizada en la posterior etapa del Senado. No obstante, las entidades civiles rechazaron estos argumentos con firmeza.

Sobre los plazos: Señalaron que el mecanismo anterior demoraba menos de dos meses, un tiempo «más que razonable» y sensiblemente menor a los habituales retrasos políticos para cubrir vacantes.

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Sobre las etapas: Explicaron que la participación temprana permitía al propio Presidente revisar o ratificar su propuesta antes de involucrar al Congreso, por lo que unificar los momentos desvirtúa la finalidad del proceso.

Alerta por la pérdida de equidad en la Corte Suprema Otro de los puntos más críticos de la reforma es la eliminación de la obligación de velar por la igualdad de género, especialidad y procedencia regional al postular candidatos para el Máximo Tribunal.

Ante la justificación oficial de que estos criterios no figuran explícitamente en la Constitución Nacional, las organizaciones recordaron que la paridad y la no discriminación están protegidas por tratados internacionales con rango constitucional (artículo 75, inciso 22), como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

Un análisis de la situación revela que la reforma no solo reduce la participación ciudadana, sino que también debilita la calidad democrática y compromete la igualdad de género en la Corte Suprema.

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En conclusión, las organizaciones civiles denuncian un retroceso en la designación de jueces que afecta la participación ciudadana y la diversidad de género. Es fundamental que se revisen y rectifiquen estas medidas para garantizar la calidad democrática y la igualdad de género en la Corte Suprema.

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