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Jueza suspende 60 días aplicación de Ley 27.801 en Buenos Aires por riesgo de ampliación de adolescentes en prisión

El 7 de septiembre, la jueza Marta Elba Pascual dictó una medida preventiva que suspendió la aplicación de la Ley 27.801 en la provincia de Buenos Aires por un plazo de 60 días. La decisión no declaró la norma inconstitucional, pero puso en pausa su ejecución mientras se evalúan las condiciones materiales, institucionales y profesionales […]

8 de septiembre de 2026, 08:30 hs
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El 7 de septiembre, la jueza Marta Elba Pascual dictó una medida preventiva que suspendió la aplicación de la Ley 27.801 en la provincia de Buenos Aires por un plazo de 60 días. La decisión no declaró la norma inconstitucional, pero puso en pausa su ejecución mientras se evalúan las condiciones materiales, institucionales y profesionales necesarias para la correcta administración de justicia penal juvenil.

La medida se fundamentó en el riesgo de que la reforma ampliara la cantidad de adolescentes privados de libertad sin contar con los recursos y la infraestructura adecuadas. La jueza ordenó una audiencia multipropósito y exigió a las autoridades bonaerenses que informen sobre las medidas adoptadas, las previstas y los plazos de implementación, estableciendo así una hoja de ruta concreta para los próximos 60 días.

El expediente fue iniciado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo, que presentó un habeas corpus preventivo colectivo en favor de adolescentes detenidos. El fallo deja claro que la discusión no solo se centrará en el contenido de la reforma, sino también en cómo el Estado bonaerense la implementará y con qué recursos, buscando evitar un aumento desproporcionado de la población carcelaria juvenil.

Las estadísticas oficiales revelan que el delito juvenil representa una porción limitada del universo penal bonaerense. En 2025, las causas del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil representaron apenas el 2,2 % de las investigaciones penales iniciadas en la provincia, mientras que en homicidios dolosos consumados, las investigaciones que tramitaron en ese fuero llegaron al 10,2 %, aunque en más de la mitad de esos casos también aparecieron involucrados mayores de edad.

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La jueza identificó tres modificaciones introducidas por la nueva legislación que podrían incrementar la cantidad de adolescentes sometidos al sistema penal. Primero, la incorporación de adolescentes de 14 y 15 años al régimen de responsabilidad penal; segundo, la inclusión de determinados delitos que antes quedaban fuera del régimen de punibilidad por tener penas inferiores a dos años; y tercero, la aplicación de la escala penal prevista en el Código Penal. La combinación de estos cambios, según la magistrada, puede generar un aumento tanto por mayores ingresos como por una mayor permanencia de adolescentes privados de libertad.

El punto que preocupa a la jueza es que ese incremento no necesariamente requiere esperar a que las estadísticas de población alojada muestren un salto. Los parámetros que intervienen en las detenciones y en las prisiones preventivas pueden modificarse desde el inicio, lo que plantea la interrogante central de la resolución: “¿Puede el Estado ampliar el universo de personas adolescentes sometidas al sistema de responsabilidad penal sin crear las condiciones materiales, institucionales y profesionales indispensables?”

En conclusión, la suspensión temporal de la Ley 27.801 busca garantizar que la reforma penal juvenil se implemente de manera responsable y con los recursos necesarios para proteger los derechos de los menores. La audiencia y la información requerida a las autoridades permitirán evaluar si el Estado bonaerense puede cumplir con las exigencias constitucionales y evitar un aumento injustificado de la población carcelaria juvenil.

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