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La Justicia desarma el decreto de Milei que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario

El juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11, declaró inconstitucional el decreto 759/2025, la herramienta que el presidente Javier Milei había diseñado para condicionar la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario 27.795 a la existencia previa de partidas presupuestarias. La medida, firmada también por el jefe de Gabinete Guillermo Francos […]

7 de octubre de 2026, 08:38 hs
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El juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11, declaró inconstitucional el decreto 759/2025, la herramienta que el presidente Javier Milei había diseñado para condicionar la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario 27.795 a la existencia previa de partidas presupuestarias. La medida, firmada también por el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra Sandra Pettovello, establecía que la norma solo regiría una vez incorporados los fondos correspondientes. El fallo ordena al Poder Ejecutivo dictar de inmediato las normas reglamentarias para poner en marcha la ley y deja sin efecto el mecanismo de suspensión.

La decisión judicial responde al amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional, diversas universidades, docentes y la Universidad de Buenos Aires. En su resolución, el magistrado sostuvo que el Ejecutivo no puede volver a limitar una ley que ya había sido ratificada por el Congreso con la mayoría calificada que exige la Constitución. El artículo 5 de la Ley de Administración Financiera exige que toda norma que genere gastos prevea expresamente su financiamiento; de lo contrario, su ejecución queda suspendida. Según el juez, el decreto 759/2025 utilizó ese mecanismo de forma “extraconstitucional” para bloquear la Ley 27.795, pese a que la propia norma contiene disposiciones (artículo 9) que permiten al Poder Ejecutivo redistribuir los recursos necesarios.

El tribunal recordó que, durante los dos primeros años de la presidencia de Milei, no se aprobó una Ley de Presupuesto nueva, sino que se prorrogó la de 2023 con seis modificaciones realizadas por el jefe de Gabinete para reasignar partidas. En ese contexto, el juez sostuvo que el Gobierno podía haber usado esos mismos instrumentos para garantizar los fondos universitarios. Una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso sitúa el costo de la Ley 27.795 en 2025 en el 0,23 % del Producto Interno Bruto.

La norma contempla recursos para el programa “Desarrollo de la Educación Superior”, destinados a asegurar el ingreso, la permanencia y la graduación de los estudiantes, además de financiar tecnología, investigación, extensión universitaria, formación docente y actualizaciones salariales vinculadas al IPC. La sentencia de primera instancia obliga al Poder Ejecutivo a dictar de forma inmediata las normas reglamentarias y ejecutorias que permitan la puesta en marcha de la Ley de Financiamiento Universitario, dejando sin efecto el mecanismo de suspensión utilizado en el decreto 759/2025.

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La resolución también mantiene vigente una medida cautelar que ya ordenaba el cumplimiento de los artículos relativos a salarios y becas. El fallo puede ser apelado, pero mientras tanto el Gobierno debe garantizar la financiación. La medida representa un revés para la estrategia del Ejecutivo de condicionar la aplicación de la ley a la disponibilidad de partidas, y un respaldo para el sistema universitario nacional.

El conflicto se remonta a agosto de 2025, cuando el Congreso aprobó la Ley de Financiamiento Universitario con mayorías de dos tercios en ambas cámaras. El presidente Milei la vetó, pero en octubre el mismo Congreso insistió y la promulgó, aunque el Ejecutivo la vinculó a la asignación de recursos mediante el decreto 759/2025. Ahora, la justicia falla a favor de las universidades y ordena su cumplimiento inmediato.

En conclusión, el fallo del juez Cormick reafirma la primacía del Congreso en la sanción de leyes y expone la insistencia del Poder Ejecutivo en trabar una norma que ya había sido ratificada por amplia mayoría. La decisión judicial deja al descubierto que el Gobierno contaba con herramientas legales para financiar la ley sin recurrir a un decreto que la justicia acaba de declarar inconstitucional. El revés judicial no solo obliga a reglamentar la ley de inmediato, sino que también deja en evidencia la falta de voluntad política para cumplir con el mandato legislativo. Mientras el Ejecutivo evalúa apelar, las universidades celebran un fallo que garantiza su funcionamiento y expone las consecuencias de una estrategia que priorizó el ajuste sobre el derecho a la educación.

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